NUE 115-ADP-2017 (HF)
INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIN PBLICA: San Salvador, a las catorce horas del veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.
	Este da la seora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, remiti va correo electrnico un escrito en el que expresa su inconformidad en relacin a la fecha sealada para la realizacin de la audiencia de cumplimiento de compromisos con la Procuradura General de la Repblica (PGR); asimismo, solicita que la audiencia se programe para el 29 de septiembre de este ao, fecha en la que se vence el plazo de prrroga de 8 das hbiles para la entrega de la informacin.
	En lnea con lo expresado por la seora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, este Instituto aclara que mediante auto de las once horas con cincuenta minutos del 20 de septiembre de dos mil diecisiete, notificado el 27 de los corrientes, en el literal b) de la parte resolutiva, se concedi a la Procuradura General de la Repblica (PGR) el plazo de ocho das hbiles (propuestos por la apelante) contados a partir del da siguiente a la notificacin, para cumplir con los compromisos alcanzados. Consecuentemente se orden sealar la audiencia de cumplimiento para las nueve horas del 10 de octubre de 2017; es decir, al trmino de la prrroga concedida. 
      En ese sentido, se debe aclarar a la apelante que el plazo sealado se contabiliza a partir del da siguiente a la notificacin de esa resolucin, a efecto de realizar los respectivos actos de comunicacin (notificar a cada una de las partes sobre lo resuelto por el Instituto). 
      Finalmente, se advierte que de conformidad al art. 102 de la LAIP, se aplica de manera supletoria el Cdigo Procesal Civil y Mercantil el cual establece en el art. 14 el Principio de Direccin, es decir, que la direccin del proceso le compete a este Instituto y no a las partes, por tanto, el sealamiento de audiencias se realiza de acuerdo a la disposiciones de este Instituto y no a requerimiento de las partes.
      Por lo dicho anteriormente y de conformidad con los Arts. 2 y 11 de la Constitucin de la Repblica, y en razn de los principios de prontitud y sencillez establecidos en los Arts. 4 letras c y f de la LAIP, resuelvo:
      a) Tener por recibido el escrito presentado por xxxxxxxxxxxxxxxxx a este Instituto.  
      b) Declarar sin lugar la peticin realizada por la seora xxxxxxxxxxxxxx  sobre reprogramar la audiencia de cumplimiento para el 29 de septiembre de 2017, por las razones antes descritas.
      c) Estar a lo resuelto sobre el sealamiento de audiencia de cumplimiento sealado para las nueve horas del 10 de octubre de 2017.
      Notifquese.-


PRONUNCIADA POR LA COMISIONADA QUE LA SUSCRIBEN.
JC

